Ma?laga 18 de Enero 2016

La Asociacio?n Andaluza de Enfermeri?a Familiar y Comunitaria ASANEC

muestra, a trave?s de este manifiesto, su desacuerdo con la situacio?n a la que se esta? exponiendo a las enfermeras andaluzas y en general a las enfermeras en nuestro pai?s, a tenor de la publicacio?n el pasado 23 de diciembre del RD 954/ 2015, de 23 de octubre, por el que se regula la indicacio?n uso y autorizacio?n de dispensacio?n de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros/as.

En lo que se refiere al RD 954/ 2015 de 23 de octubre

Esta /asociacio?n no reconoce que los contenidos del RD constituyan base alguna para el avance de la profesio?n enfermera y su desarrollo competencial y en la misma medida entiende que va a cuestionar o en cualquier caso dificultar la capacidad de respuesta actual que la profesio?n enfermera tiene para la atencio?n de la ciudadani?a, en base a los siguientes puntos:

1) El RD no reconoce la capacidad que actualmente tienen las enfermeras para la indicacio?n uso y autorizacio?n de dispensacio?n de medicamentos no sujetos a prescripcio?n me?dica y productos sanitarios (“cuidados generales” segu?n RD) adquirida en base a la formacio?n acade?mica y cualificacio?n profesional que ya tienen las enfermeras en nuestro pai?s, sin necesidad de una formacio?n extraordinaria y mucho menos un proceso de acreditacio?n.

2) El RD deberi?a favorecer la autonomi?a y capacidad de respuesta y mejora de nuestras competencias para cuidar de las personas, aplicando a la pra?ctica cli?nica las mejores evidencias posibles, que pueden estar en continuo cambio segu?n los hallazgos cienti?ficos . Por ello, la formacio?n y acreditacio?n debe ser continuada facilitada por los Sistemas de salud de las comunidades auto?nomas en aquellos protocolos/ GPC que faciliten a los profesionales de enfermeri?a indicar, usar y/o autorizar la dispensacio?n de medicamentos “sujetos a prescripcio?n me?dica” que puedan estar implicados en sus intervenciones.

Esta formacio?n y la acreditacio?n en el correcto uso de estos protocolos entendemos es la u?nica condicio?n para que los sistemas sanitarios otorguen la autonomi?a necesaria a las enfermeras en la aplicacio?n de estos protocolos/GPC sin necesidad de la autorizacio?n expresa de otro profesional.

3) Espera?bamos un marco regulador para el reconocimiento legal del uso de medicamentos sujetos a prescripcio?n me?dica que actualmente las enfermeras indican o usan en el a?mbito de sus competencias

(Vacunas, antibio?ticos to?picos, aneste?sicos locales…)por tanto, espera?bamos que la norma fuera un elemento facilitador y no un handicap para que los ciudadanos/as sigan recibiendo los cuidados que hasta ahora vienen recibiendo.

Ante todas estas consideraciones, esta Asociacio?n Andaluza de Enfermeri?a Comunitaria ASANEC, se sumara? a la adopcio?n de aquellas medidas que sean necesarias para la suspensio?n de esta norma por el Gobierno

En lo que se refiere a la situacio?n generada desde su entrada en vigor RD 954/ 2015 de 23 de octubre

Esta asociacio?n considera necesario que se haga llegar a los profesionales una informacio?n fidedigna y veraz sobre la aplicacio?n de este RD por eso, a trave?s de este manifiesto las sociedades cienti?ficas, queremos hacernos eco de nuestra opinio?n y preocupacio?n.

Queremos transmitir esta informacio?n para que las enfermeras puedan decidir sobre co?mo debe ser el ejercicio de su profesio?n, entendiendo 2 premisas:

– Que en ningu?n caso, sus decisiones sobre su pra?ctica pueden causar perjuicio a la ciudadani?a que atiende, ni en te?rminos de seguridad cli?nica, ni de acceso, ni de continuidad de atencio?n, en cualquier caso, que no afecte a la respuesta que las enfermeras estamos dando a las necesidades de cuidados de la ciudadani?a.

– Que en ningu?n caso, sus decisiones sobre su pra?ctica pueden causarle un perjuicio propio y exponerlas a la posibilidad de ser expedientadas por incumplimiento de funciones y por las consecuencias que de ello se deriven.

Desde esta asociacio?n agradecemos que algunos gabinetes juri?dicos de sistemas sanitarios como el andaluz nos aporten los argumentos legales necesarios, tanto para la impugnacio?n del RD, como para que podamos las enfermeras en Andaluci?a clarificar nuestras actuaciones en este peri?odo de transitoriedad para la aplicacio?n de los te?rminos de esta norma. Segu?n la Asesori?a Juri?dica del SAS, en el caso de Andaluci?a, el Decreto andaluz no se contradice con el aprobado por el gobierno y no se deroga con la publicacio?n del RD, u?nicamente esta? obligado a adaptarse al mismo cuando los circuitos para las autorizaciones estatales este?n habilitados. Mientras esto ocurre, las enfermeras en Andaluci?a, indica el ma?ximo representante del SAS, “pueden seguir realizando sus actuaciones especi?ficas en el a?mbito de la prestacio?n farmace?utica de acuerdo con el Decreto autono?mico” y amparadas en todo caso por la po?liza del seguro de responsabilidad civil profesional y patrimonial suscrita por el Servicio Andaluz de Salud”.

La situacio?n de incertidumbre generada, puede quedar asi? aclarada en Andaluci?a y sirva este manifiesto para reforzar el mensaje de que en este peri?odo de transitoriedad no podemos las enfermeras “dejar de hacer” nuestro trabajo. Eso si?, en este tiempo de incertidumbre, esperamos en esta sociedad cienti?fica que el debate sobre la prescripcio?n enfermera haya permitido generar la necesidad entre las enfermeras de defender y hacer crecer a su profesio?n y sus intereses: el desarrollo profesional y la capacidad de respuesta ante la ciudadani?a a la que cuidamos.

Es por ello por lo que e?sta Asociacio?n Andaluza de Enfermeri?a Comunitaria ASANEC solicitamos a nuestros ma?ximos representantes del Servicio Andaluz de Salud y Consejeri?a mediante nuestra Directora de la Estrategia de Cuidados de Andaluci?a una cita oficial a fin de aclarar posicionamiento gubernativo de nuestro Servicio Andaluz de Salud Consejeri?a de Salud de Andaluci?a.

Esperando su respuesta le saluda atentamente,

 

 

 

Yolanda Go?mez Narva?ez

Presidenta ASANEC

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