ASOCIACIONES DE ENFERMERÍA CLÍNICA Y DOCENTES VALORAN POSITIVAMENTE LAS ALEGACIONES DE LA CONSEJERÍA DE SALUD AL PROYECTO DE ORDEN DE DESARROLLO DE LA LEY DE FARMACIA
La Ley de Garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios 29/2006 conocida como Ley de Farmacia, que situó en ilegalidad las prácticas prescriptoras de las  enfermeras dejó abierta una puerta a través de la disposición adicional duodécima cuya propuesta se discute  en estos momentos  a nivel Ministerial. Andalucía ha presentado unas alegaciones a la propuesta del Ministerio que suponen un nuevo impulso y apoyo a la profesión y muestran el interés de nuestra Consejería en cuidar la seguridad jurídica de la profesión enfermera.

Para ver las alegaciones pincha aqui

La Asociación Andaluza de Enfermería Comunitaria (ASANEC), la Asociación de Enfermeras de Hospitales de Andalucía (ASENHOA), la Sociedad de Enfermería en Cuidados Críticos (SAECC) y la Escuela Universitaria de Enfermería "Virgen del Rocío" de Sevilla, muestran su satisfacción tras la lectura del documento presentado por la Consejería de la Junta de Andalucía en el que se argumentan las alegaciones de nuestra Comunidad Autónoma en referencia al proyecto de orden por la que se desarrolla la disposición adicional duodécima de la Ley 29/2006, de 26 de Julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.

La encrucijada que provocó la  Ley 29/2006 de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios en su artículo 77 “la receta médica, pública o privada, y la orden hospitalaria de dispensación, son los documentos que aseguran la instauración de un tratamiento por instrucción de un médico o un odontólogo, único profesionales con facultad para ordenar la prescripción de medicamentos”  fue tan tajante que las soluciones para enmendarla a través de la disposición adicional duodécima se proponían harto complejas.

El artículo 77 bloquea en muchos aspectos la magnífica Ley 44/2003 de Ordenación de las profesiones sanitarias que hacía desaparecer cualquier relación de subordinación para las enfermeras respecto de otras profesiones. ¿Cómo no quedaremos subordinados cuando los productos básicos precisos para desempeñar nuestro trabajo debe autorizarlos otro profesional?

La respuesta de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía ha sido en todo momento excelente. En un primer momento y tras la promulgación de la Ley la reacción fue inmediata y consistió en la creación de un grupo de trabajo multiprofesional al que se le encargó la redacción de una propuesta andaluza a la disposición adicional duodécima de la Ley 29/2006 conscientes que las enfermeras andaluzas ocupan un lugar muy relevante en cuanto al liderazgo profesional y la innovación en el territorio español.

El documento remitido en los plazos requeridos y discutido en el Consejo Interterritorial junto con otras propuestas de Comunidades Autónomas ha dado lugar a una propuesta Ministerial bastante tímida y restrictiva.

De nuevo la respuesta de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía ha sido ejemplar y se constituye en la presentación de alegaciones que desde nuestro punto de vista son muy acertadas por cuanto vienen a resolver problemas reales y tiene en cuenta una visión de futuro. No obstante, a pesar de venir a garantizar la seguridad jurídica de parte de nuestro trabajo, aún quedan áreas extensas que habrá que regular pero estos pasos de nuestra Consejera nos alientan a confiar en encontrar la sensibilidad y el apoyo que necesitaremos en el futuro para fraguar altos estándares de calidad, seguridad y accesibilidad a los ciudadanos y ciudadanas andaluzas que confían en el buen hacer de las enfermeras andaluzas.

 

 

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